Última semana para cambiar la base de cotización de los trabajadores autónomos

La nueva Orden ESS/70/2016 de 29 de enero recogía, entre otras cosas, las normas legales de cotización a la Seguridad Social. Gran parte de los autónomos cotizan por la base mínima, sobre todo durante los primeros años de su actividad, pero esa base puede modificarse dos veces al año, siguiendo unas pautas.

Plazos:

Hasta el 30 de abril 2016 para presentar la solicitud y que el cambio de base surta efectos a partir del 1 de julio del mismo año.

Si se presentara desde el 1 de mayo y antes del 1 de noviembre 2016, surtirá efectos el 1 de enero del año siguiente.

Renuncia

Se podrá renunciar a la modificación solicitándolo en el mismo plazo, con efectos a partir del 31 de diciembre del año en que se presente la solicitud.

Limitación

Los trabajadores autónomos que en el  1 de enero sean menores de 47 años pueden elegir cualquier base de cotización entre la mínima y la máxima publicada en los Presupuestos Generales del Estado.

Los autónomos que tengan  47 años en el 1 de enero de 2016 podrán incrementar su base hasta el importe de la base máxima, comunicándolo siempre antes del 30 de junio de 2016.

Con 48 años en el 1 de enero, sólo podrán elegir una base de cotización comprendida entre la mínima y la máxima, siempre que vengan cotizando por la base máxima o causen alta en el Régimen Especial.

Sírvanse, por favor, contactarnos si desean ampliar información o tienen alguna duda. Nuestro departamento laboral les proporcionará todas las aclaraciones necesarias.

Atentos saludos.