Algunos aspectos de la Reforma Fiscal

Desde que el pasado viernes el Gobierno presentara un avance de la Reforma Fiscal, han sido muchos los debates que se han abierto alrededor de este tema.

Hoy D. Miguel Ferre, secretario de Estado de Hacienda, ha dado los últimos detalles al avance que presentó el Gobierno de la tan esperada reforma fiscal y que fue analizada en el último consejo de ministros.

El anteproyecto tendrá dos fases: la primera se aplicará desde el 1 de enero de 2015 (año electoral) y la segunda a partir del 1 de enero de 2016.

Entre ellas destaca la figura del Micromecenazgo, la bajada de impuestos a autónomos, cambios en la tributación por despido y fiscalidad del ahorro.

Micromecenazgo.

Una de las figuras que introduce el anteproyecto de reforma fiscal es la figura del micromecenazgo. «han destacado al ampliación de los beneficios fiscales del mecenazgo y el micromecenazgo. Así, la deducción por realizar donativos se eleva del actual 25% al 30%. Si esa aportación se mantiene durante tres años, el descuento aplicado será del 35%. Según el Ejecutivo, «para ampliar la participación social» en lo que se denomina micromecenazgo, se establece una deducción del 75% a las aportaciones inferiores a 150 euros anuales.

Tributación de autónomos y módulos

Los trabajadores por cuenta propia que ganen menos de 12.000 euros al año tributarán a un tipo del 15% a partir de julio (hasta ahora era al 21%).

La tributación general pasara del  24%, al 20%.

Se modifica el sistema de tramitación por módulos. Los agricultores y ganaderos, hoteles y restauradores podrán seguir dentro del régimen actual. Pero otros colectivos tendrán que pasar al régimen de estimación directa.

Pymes y bancos

Se conserva el tipo nominal en el Impuesto Sociedades al 30% para la banca y la base negativa en las empresas con el límite del 60%.

En las pymes se mantiene el régimen especial. En el 2016 el tipo de gravamen para las empresas se situará en el 25%, siendo su tipo efectivo reducido hasta el 20% para todas las pymes que opten por este ahorro empresarial.

Impuesto de Sociedades

En lo que concierne al Impuesto de Sociedades, el tipo nominal se acerca al tipo efectivo de gravamen.

En 2015 bajará del 30% vigente a un 28% y en 2016 se situará en el anunciado 25%

Planes de pensiones y ahorro

Se baja el umbral máximo de aportación a 8.000 euros al año (antes 10.000€), y estará exento de tributación el ahorro a más de cinco años.

Tributación en las indemnizaciones por despido

Se ha establecido un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado a las indemnizaciones por despido.

Los asalariados despedidos de forma improcedente sólo tributarán en 2015 a partir de los 2.000 euros por año trabajado, con lo que la primera cantidad «está exenta» de pago del IRPF (en 2014 todas las indemnizaciones por despido estarán exentas al 100%)

Rentas del ahorro

Las rentas del ahorro tributarán entre un mínimo del 19% y un máximo del 23% y se rebajará el tipo general del Impuesto de Sociedades del 30% al 28% en 2015 y al 25% en 2016.

Ayudas de 1.200 euros

Ayuda de 1.200 euros para las familias numerosas y discapacitados, ascendientes con discapacidad a cargo y los impuestos negativos para madres trabajadoras.

Dividendos

Se elimina la exención de tributación de dividendos (hasta ahora estaban excluidos los primeros 1.500 euros).

Vivienda y alquiler

Estará exenta de IRPF la ganancia patrimonial derivada de la dación en pago de la vivienda habitual, así como la plusvalía municipal y se introducen cambios en el tratamiento fiscal del alquiler.

La deducción para los propietarios que alquilen una vivienda se reduce al 50% desde el 60% actual y desde el 100% en el caso de que el inquilino sea menor de 35 años.

También se exime a contribuyentes que se hayan quedado atrapados en las acciones preferentes.

Cine y Teatro e I+D+i

Aumentan las deducciones del cine y el teatro y se creará una nueva figura para atraer producciones extranjeras que partirá de un mínimo de inversión en España. Se eleva el umbral de beneficio fiscal para las producciones más pequeñas y se mantiene para el resto. El impuesto de Sociedades para producciones cinematográficas será del 20% para el primer millón de euros y del 18% para el resto, mientras que se fija una deducción del 15% de los gastos de producciones extranjeras en territorio español.

Asimismo, se mantienen el régimen de deducciones de I+D+i y se mejoran en algunos casos.

Comercio electrónico

Se modifica la regla de localización, es decir, se realizará la tributación en destino, en los servicios electrónicos, de telecomunicaciones o de radiotelevisión. Poniendo un ejemplo, si un ciudadano español se descarga un libro electrónico, el IVA se pagará en España y no donde tenga la sede social la empresa que vende el libro (como estaba sucediendo hasta ahora).

Por lo tanto, las empresas de comercio electrónico tributarán según el país de origen en el que se hace la compra.

IVA de productos sanitarios

Seguirán disfrutando del IVA al tipo reducido del 10% las gafas graduadas, las lentillas, las prótesis, las sillas de ruedas o las muletas, pero el resto de productos sanitarios deberán elevar su tributación al 21%.

Se mantienen al tipo reducido otros productos sanitarios como las gasas, vendas o botiquines para primeros auxilios o parches oculares, pero no por ejemplo, «las sábanas de un hospital».

Lista de morosos

El Gobierno también ha anunciado la publicación de una lista de morosos con la Agencia Tributaria.