RDL 25/2020. Medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo.

[9 julio 2020]

El 7 de Julio entró en vigor el RDL 25/2020, que tiene como fin el adoptar medidas para preservar el tejido productivo y atender a las dificultades transitorias de las empresas, y así poder superar las consecuencias de esta pandemia.

Nueva Línea de Avales

Esta nueva línea de avales será canalizada a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), por importe de 40.000 millones de euros y dirigida a impulsar la realización de nuevos proyectos de inversión empresarial.

Las características específicas de la Línea de Avales, porcentaje de cobertura y distribución por tramos se aprobarán por Acuerdo de Consejo de Ministros en las próximas semanas.

Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas

El Real Decreto prevé, asimismo, la creación de un Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas. Se trata de un nuevo instrumento que estará dotado con 10.000 millones de euros y cuyo objetivo es aportar apoyo público temporal para reforzar la solvencia de empresas no financieras afectadas por la pandemia del COVID-19. Este fondo estará adscrito al Ministerio de Hacienda y será gestionado a través de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), ajustándose a la normativa de ayudas de Estado de la Comisión Europea.

El Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas está dirigido a sociedades que atraviesen severas dificultades de carácter temporal como consecuencia de la situación generada por el COVID-19 y que sean consideradas estratégicas por diversos motivos, como su impacto social y económico, su relevancia para la seguridad, la salud de las personas, las infraestructuras, las comunicaciones o su contribución al buen funcionamiento de los mercados.

Plan “Renove 2020”

El Real Decreto también incluye la aprobación del programa “Renove 2020” para la renovación del parque de vehículos. El objetivo de este plan, dotado con 250 millones de euros, es estimular la demanda, activar la producción en España y promover la sustitución de los vehículos más antiguos y contaminantes.

Las ayudas del plan “Renove 2020” se concederán de forma directa y pueden ir desde los 300 hasta los 4.000 euros, según el tipo de vehículo y del beneficiario. Se podrá contar con 500 euros adicionales en el caso de achatarramiento de un vehículo de más de veinte años, de beneficiarios con movilidad reducida o aquellos que pertenezcan a hogares con ingresos mensuales inferiores a 1.500 euros.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en el PLAN RENOVE 2020:

  1. a) Los profesionales autónomos.
  2. b) Las personas físicas mayores de edad residentes en España no incluidas en el apartado a).
  3. c) Las empresas privadas, que tengan un establecimiento válidamente constituido en España en el momento de presentar la solicitud.

Refuerzo del sector turístico

Junto a las anteriores medidas, el Real Decreto incluye tres medidas de apoyo al sector turístico español.

  • Se pone en marcha un sistema de financiación de proyectos para la digitalización y la innovación del sector turístico.
  • Creación del instrumento denominado “Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos”. El objetivo es impulsar el desarrollo de los destinos turísticos ubicados en áreas rurales y de interior.
  • Moratoria hipotecaria para inmuebles afectos a actividad turística, a través del otorgamiento de un periodo de moratoria de hasta doce meses para las operaciones financieras de carácter hipotecario suscritas con entidades de crédito. Podrán ser beneficiarios los trabajadores autónomos y las personas jurídicas con domicilio social en España, siempre que experimenten dificultades financieras a consecuencia de la emergencia sanitaria.

Trabajadores fijos discontinuos del sector turístico

Se dispone la extensión de bonificaciones y su compatibilidad con exoneraciones de cotizaciones a la Seguridad Social. Podrán aplicar una bonificación de julio a octubre, inclusive, del 50 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de dichos trabajadores.

Ingreso mínimo vital

Modificación del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital.

Se añade un nuevo apartado 4 en el artículo 20, en los siguientes términos:

“4. Las resoluciones de las prestaciones de ingreso mínimo vital se comunicaran por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, sin necesidad del consentimiento previo del titular de los datos personales, a las comunidades autónomas y entidades locales a través de la adhesión a los procedimientos informáticos con los requisitos establecidos por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, con la finalidad de facilitar la información estrictamente necesaria para el reconocimiento y control de las prestaciones competencia de dichas administraciones”

También se habilita la transmisión de información entre el INSS y las Haciendas Forales en idénticos términos que los previstos en relación con la AEAT, lo que resulta necesario para la aplicación de la citada disposición transitoria en los territorios forales.

En PEREZ DOMINGO-LCS Valencia nos ponemos a su disposición para atender cualquier consulta relativa a la actual situación, y a las nuevas medidas que se están implementando para paliar los efectos causados por la pandemia del COVID-19. Les informaremos de todas ellas tan pronto las vayamos conociendo y analizando.