La Ley de Desindexación

[23 april 2015]

Si buscamos la palabra desindexación en el diccionario no la encontramos, la RAE no la contempla. Busquemos entonces la palabra indexar, ¿qué significa? “Hacer índices o registrar ordenadamente datos e informaciones para elaborar su índice”. Vayamos entonces a un plano más económico, indexar significa que el 1 de Enero de cada año habían precios que subían sí o sí conforme al IPC, es decir, cuando el precio de un bien o servicio aumenta, los índices de precios como el IPC suben, y esto supone un aumento automático en el precio de otros bienes simplemente porque están indexados a este índice. Vale, aún no nos queda del todo claro la “palabrita” veamos un ejemplo: ¿Sabías que para contratar una tarifa de luz puedes escoger entre la tarifa fija o la indexada? La tarifa fija como su nombre indica, implica que el precio que se paga cada mes por la electricidad es fijo e independiente de cómo se comporte el mercado de la electricidad. Sin embargo el planteamiento de la tarifa indexada es algo diferente, esta tarifa está sujeta a los cambios que se producen diariamente en el mercado de la energía, es decir, esta indexada a otros factores, es por esto que se puede conseguir una tarifa más barata que la fija o una tarifa más cara. Resumamos, el precio de la electricidad está indexado a componentes como el precio del carbón, demanda de energía existente o días de viento. ¿Días de viento? Sí, los días o meses de más viento el precio de la electricidad es más bajo.

Una vez analizada esta peculiar palabra entenderemos mejor lo que a continuación os voy a contar. Hemos hablado de que es la indexación, pero, ¿Qué consecuencias tiene la indexación en España? Principalmente más inflación y menos dinero en el bolsillo del ciudadano. Y para cambiar esta situación  el pasado 1 de abril entró en vigor la ley 2/2015 de la desindexación de la economía española, que pretende eliminar las subidas automáticas de precios en función del IPC en el sector público. Con esto el gobierno pretende  eliminar los llamados “efectos de segunda ronda”, que son las subidas de ciertos productos que repercuten directamente sobre otros sin ninguna relación entre sí. Se acabó eso de que el billete de autobús tenga que subir de precio simplemente porque el precio del carburante haya incrementado. A partir de ahora, las subidas tienen que estar justificadas en los costes por parte del gestor del servicio. Ahora, lo que se tendrá en cuenta serán los costes de cada cosa, esto hará que mientras más competitivos seamos, mejores precios tendremos.

Esta nueva ley afecta al sector público, pero el gobierno espera que tenga un efecto arrastre ya que si el público no indexa, el privado se vea obligado a desindexar con el tiempo. La ley no afecta a pensiones, impuestos, instrumentos financieros ni negociación salarial, pero si afecta a transportes, telecomunicaciones, energía, servicios postales, agua, tasas sanciones y precios de los contratos públicos.

Hablemos de cifras, los gastos en bienes y servicios que afectan a los hogares suponen un 7% del total, unos 35.000 millones de euros anuales, el gobierno espera que si la inflación alcanzara en un año el 2%, el ahorro para las familias en los que se refiere a los productos y servicios implicados en la nueva ley sería de unos 700 millones de euros para los hogares españoles.

Para poner en práctica esta nueva norma, el gobierno ha creado un nuevo índice de referencia llamado “Indice de Garantía de Competitividad” este índice tendrá en cuenta la diferencia de inflación de España con la zona euro y será corregido con la pérdida de competitividad acumulada desde la entrada en el euro. Tendrá de tope el 2% y un suelo del 0%, ¿porque este tope? Porque es el objetivo que el Banco Central Europeo ha marcado en cuanto a la inflación. Como he dicho anteriormente el gobierno pretende fomentar el uso de este índice en el sector público y que lo acabe aplicando el sector privado ya que en gran parte de los sectores económicos se tiende a actualizar los precios conforme a la inflación.

Como toda norma existe una excepción y el caso que nos ocupa es el de los contratos de arrendamientos de inmuebles, los cuales pueden incluir un régimen de revisión de precios periódico, siempre y cuando sea acordado y tenga una justificación económica.

Entra en vigor por tanto lo que se espera que sea un apoyo para el ahorro de las familias españolas evitando el alza de ciertos productos que repercuten directamente sobre el precio de otros sin ninguna relación entre sí.

Raquel Serrano.

Departamento Fiscal.