Medidas Procesales y Organizativas frente al COVID-19, en el ámbito de la Administración de Justicia.

[30 abril 2020]

El pasado 29 de abril de 2020 fue publicado el Real Decreto Ley 16/2020 de MEDIDAS PROCESALES Y ORGANIZATIVAS para hacer frente al COVID-19, en esta ocasión en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Cierto es que la Administración de Justicia ha sufrido una gran ralentización como consecuencia de la crisis del COVID-19, en consecuencia la finalidad del mismo no es otra que procurar una salida ágil a la acumulación de procedimientos suspendidos por la declaración del estado de alarma cuando se produzca el levantamiento de la suspensión, a la vez que se adoptan una serie de medidas en previsión del aumento de la litigiosidad que se va a producir como consecuencia de las medidas extraordinarias que se han adoptado y de la propia coyuntura económica derivada de la crisis sanitaria.

De igual manera se adoptan una serie de medidas de carácter organizativo y tecnológico que buscan el poder afrontar con rigor las consecuencias que está teniendo la crisis del COVID-19 en el ámbito de la Justicia.

Estas medidas, salvo excepciones, estarán vigentes mientras dure el estado de alarma y hasta tres meses después de haber finalizado.

Las principales medidas adoptadas en este Real Decreto son:

  • Transformación o creación de órganos judiciales que conozcan exclusivamente de procedimientos asociados al COVID-19.
  • De manera excepcional, para este año 2020, se declaran urgentes todas las actuaciones procesales y declara hábiles para su realización los días 11 a 31 de Agosto.
  • Se acuerda la ampliación de los plazos para la presentación de recursos contra sentencias y otras resoluciones que ponen fin al procedimiento y hayan sido notificadas o lo vayan a ser durante la suspensión de plazos establecida en el Real Decreto 463/2020, así como las que sean notificadas dentro de los veinte días hábiles siguientes al levantamiento de los plazos procesales suspendidos.
  • Regulación “ex novo” (proceso que se ha de retomar desde el principio), de un procedimiento especial y sumario para la resolución de cuestiones relativas al derecho de familia directamente derivadas de la crisis sanitaria.
  • Se adoptan medidas en el ámbito concursal y societario, que se suman a las ya dictadas en el Real Decreto Ley 11/2020 con el único fin de mantener la continuidad de las empresas, profesionales y autónomos, así como la de potenciar e incentivar la financiación de las empresas, profesionales y autónomos y evitar el previsible aumento de la litigiosidad en relación con la tramitación de concursos de acreedores en los Juzgados de Mercantil y Primera Instancia. También se establecen normas que traten de atenuar temporal y excepcionalmente las consecuencias que tendría la aplicación en la actual situación de las normas generales sobre disolución de sociedades de capital y sobre la declaración de concurso.
  • Respecto a las personas y en vista a garantizar el derecho a la salud tanto de todo el personal al servicio de la Administración de Justicia, como de los ciudadanos y de los profesionales, la atención al público se realizará bien mediante vía telefónica , bien por medio de correo electrónico, ya se trate de cualquier sede judicial o de la propia fiscalía. Así mismo se pondrá en funcionamiento el servicio de “ cita previa” para los casos que puedan resultar imprescindibles la asistencia a la sede judicial.
  • Los órganos judiciales, con el fin de garantizar la protección de la salud de las personas y siempre en base a las características de cada sala de vistas, regulará el acceso del público a las vistas orales, independientemente de establecer el propio Real Decreto que los actos procesales se realicen por los intervinientes, preferentemente, por vía telemática.
  • Los letrados estarán dispensados del uso de togas en las audiencias públicas.

Hasta el próximo 31 de diciembre de 2020 las enseñanzas prácticas de los cursos de formación inicial de letrados, podrán llevarse a cabo desempeñando funciones de sustitución y refuerzo.

En PEREZ DOMINGO-LCS Valencia nos ponemos a su disposición para atender cualquier consulta relativa a la actual situación, y a las nuevas medidas que se están implementando para evitar la propagación del virus COVID-19 y paliar los efectos causados por la pandemia. Les informaremos de todas ellas tan pronto las vayamos conociendo y analizando.

Valencia 30 de abril de 2020.