Regularización de la venta legal por Internet de medicamentos que no precisan receta médica.

[11 novembre 2013]

En los últimos años se ha experimentado una extraordinaria expansión de las redes de telecomunicaciones y, en especial, de internet en la que se efectúa de forma creciente la compraventa de todo tipo de productos, incluidos los medicamentos.

Desde Sanidad recuerdan que las webs que comercializan medicamentos de manera ilegal « realizan una actividad comercial fraudulenta, que pone en peligro los datos personales y financieros ». Y para reconocerlas informa que suelen vender medicamentos no autorizados en España o falsificaciones, « de forma que imitan al medicamento original autorizado ». Para evitarlo es necesario ejercer una función de control y supervisión de esas ventas.

Para ello, el Consejo de Ministros ha aprobado este viernes 8 de noviembre, el Real Decreto 870/2013 (BOE núm. 269, de 9 de noviembre de 2013) por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos para uso humano no sujetos a prescripción médica, y cuyo principal objetivo es proporcionar las debidas garantías a los ciudadanos en estas adquisiciones e incorporar las disposiciones establecidas a nivel de la Unión Europea en la Directiva de medicamentos falsificados.

Se puede consultar qué medicamentos están autorizados en España y cuáles necesitan prescripción médica en el siguiente enlace: www.aemps.gob.es/cima

Las farmacias que cumplan los requisitos para comercializar medicamentos que no precisan receta por Internet deberán mostrar en sus páginas web un logotipo común, que tendrá un enlace a la mención de la oficina de farmacia en los listados que publicará la autoridad competente de la Comunidad Autónoma El logotipo se ajustará a lo que se determine en la normativa específica de la Unión Europea.